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Este tipo de etiquetado alerta, sobre todo, si los productos poseen altas concentraciones de azúcares, grasas, sodio y otros ingredientes sensibles.

Este tipo de etiquetado alerta, sobre todo, si los productos poseen altas concentraciones de azúcares, grasas, sodio y otros ingredientes sensibles. | Foto: @RicaSaludable

Publicado 24 abril 2024



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En agosto de 2023 el Ministerio de Salud firmó una directriz para ocultar este etiquetado impreso en la presentación comercial de los alimentos empacados importados.

El tribunal de la Sala Constitucional de Costa Rica decretó el martes a favor del recurso de amparo interpuesto por un ciudadano contra la disposición del Ministerio de Salud de ocultar las etiquetas colocadas en alimentos empacados con información nutricional y advertencias de exceso de ingredientes nocivos.

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Según el comunicado del ente judicial: "La decisión de dicho Ministerio contraviene el derecho a la salud y el derecho de las personas consumidoras a contar con información clara y de fácil comprensión al adquirir alimentos que pueden tener un impacto relevante en su salud", explicaron.

Este tipo de etiquetado alerta, sobre todo, si los productos poseen altas concentraciones de azúcares, grasas, sodio y otros ingredientes sensibles, directamente vinculados con enfermedades crónicas no transmisibles como hipertensión arterial, obesidad, algunos tipos de cáncer y diabetes mellitus.

En agosto de 2023 el Ministerio de Salud firmó una directriz para ocultar este etiquetado impreso en la presentación comercial de los alimentos empacados importados, con el argumento de que la reglamentación nacional y regional centroamericana no establece parámetros obligatorios sobre presentar ese tipo de información.

La Sala Constitucional ripostó que "El etiquetado frontal que ingresa en los productos importados es información nutricional complementaria, que no contradice el Reglamento Técnico Centroamericano (RTCA) en lo que respecta a facilitar al consumidor la comprensión de la información relacionada con el valor nutritivo del producto", aseguró.

El etiquetado frontal en Costa Rica solo aparece en productos importados desde países donde sí se exige como México, Chile o Perú. "Para la Sala Constitucional es inaceptable que, con el argumento de la falta de uniformidad en el etiquetado de productos y las dudas sobre la forma de implementarlo, se optara por ocultarlo", señala el tribunal.

En ese sentido, la Cámara Costarricense de la Industria Alimentaria (Cacia) expresó también en un comunicado que apoya la decisión de las autoridades sanitarias ticas de ocultar el etiquetado frontal con el pretexto de que existen "evidencias" de que en los países donde se aplica el etiquetado no ha habido resultados positivos.

"La evidencia dicta que este etiquetado no produce ningún tipo de efecto sobre los patrones de alimentación ni los estilos de vida que explican los problemas de malnutrición, por lo que la tendencia será hacia la radicalización y la generación de nuevas propuestas, aún más dañinas para una industria como la nuestra", aseguró Cacia.


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