La Cámara de diputados de Bolivia aprobó este viernes un artículo del Código del Sistema Penal relacionado al aborto, por lo que se extenderán las razones para realizarlo sin ser penado y se eliminó el motivo por la situación socioeconómica de la mujer.
El artículo establecerá que, durante las primeras ocho semanas de gestación, las mujeres podrán realizar el aborto sin ser penadas, en caso de tener a su cargo personas adultas mayores, con discapacidad u otros menores con vínculos sanguíneos o no.
De esta manera, tampoco tendrá consecuencia legal si se realiza para prevenir riesgos de salud o esté en riesgo la vida de la embarazada o del feto, si posee malformaciones incompatibles con la vida, o sea producto de una reproducción asistida no consentida por la mujer, violaciones o incestos y la mujer sea niña o adolescente.
Diputados aprueban ampliar causales que permiten el aborto => https://t.co/uAVqxiliSJ pic.twitter.com/8PMhbPLfb3
— Diputados Bolivia (@Diputados_Bol) 29 de septiembre de 2017
Este nuevo artículo se enmarca en una sentencia constitucional de 2014, que permite a los diputados desarrollar leyes que garanticen el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos en lo referente a abortos clandestinos.
Igualmente, los legisladores eliminaron la pobreza como motivo para realizar el aborto, debido a que “su interpretación generaba mucha distorsión”.
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En la actualidad, Bolivia permite realizar abortos en casos de violación, incesto, peligro para la vida de la madre y rapto no seguido de matrimonio, aunque los médicos consideran esa práctica como un problema de conciencia. Esto se debe a que en el país andino, la tercera causa de muertes en mujeres se debe a abortos mal practicados.