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El Ejecutivo ecuatoriano busca reducir costos para administrar los recursos penitenciarios.

El Ejecutivo ecuatoriano busca reducir costos para administrar los recursos penitenciarios. | Foto: API

Publicado 29 enero 2024



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La medida se tomará para que las prisiones ecuatorianas sólo tengan internos nativos y que los extranjeros paguen sus penas en sus países de origen. 

El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, indicó al Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de Libertad (SNAI) que realice los procedimientos para la repatriación de los internos de nacionalidad extranjera que tengan sentencia emitida en suelo ecuatoriano. 

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A través del Decreto Ejecutivo 139, el presidente Noboa instó el lunes a que las sentencias de los extranjeros sean ejecutadas en sus países de origen. 

En tal sentido, la normativa indica que “sus sentencias sean ejecutadas en el país de origen o nacionalidad de la o del sentenciado, observando en todo momento lo previsto en la normativa constitucional y legal vigente, así como en los instrumentos internacionales aplicables a la materia”.

Para realizar la labor de repatriación de los internos, el presidente ordenó la participación de los ministerios de Relaciones Exteriores, del Interior, de Gobierno, de la Mujer y Derechos Humanos. 

El decreto precisa que está prohibida cualquier repatriación de colectivos. Noboa aclaró que la medida se realizó para reducir el hacinamiento en las cárceles de Ecuador; de igual manera se tiene la intención de reducir el costo económico que representa la manutención de los reos. 

Según cálculos expuestos por el mandatario, en Ecuador habría alrededor de 1.500 personas privadas de la libertad de nacionalidad extranjera, por lo que el mandatario se apegó al artículo  727 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), el cual establece que las sentencias de la jurisdicción nacional en las que se impongan penas privativas de libertad podrán ser ejecutadas en el país de origen o nacionalidad de la o del sentenciado.

Además, que las sentencias de justicia penal extranjera que impongan penas a ecuatorianos podrán ser ejecutadas en el Ecuador, de conformidad con los instrumentos internacionales o al amparo del principio de reciprocidad internacional, cuyo procedimiento se encuentra regulado entre los artículos 728 y 730 del COIP.

Vale acotar que Ecuador es parte de varios tratados bilaterales y multilaterales sobre la repatriación de privados de libertad a sus países de origen, coordinado todo en el marco jurídico internacional. 

Según el Censo Penitenciario de 2022, de los 30 000 presos que hay en el país, 3 245 son extranjeros y la mayoría provienen de Colombia, Venezuela y Perú.


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