El alto Tribunal somete a análisis de concordancia constitucional el decreto Medida Provisional (MP) 966/2020, promulgado por el presidente el pasado jueves.
El Supremo Tribunal Federal de Brasil (STF) examina en la tarde de este miércoles la acción directa de inconstitucionalidad presentada contra el decreto MP 966/2020, vigente desde hace una semana.
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La evaluación se realiza debido a las seis solicitudes de suspensión inmediata de la norma, presentadas paralelamente por las agrupaciones Red de Sostenibilidad, Ciudadanía, Partido Socialismo y Libertad, Partido Comunista de Brasil, Asociación Brasileña de Prensa y Partido Laborista Democrático.
Los demandantes sostienen que el MP 966/2020 peca de inconstitucional al infringir el artículo 37, párrafo 6 de la Constitución Federal del país.
El precepto recoge que la responsabilidad por daños causados por agentes públicos será evaluada en todos los casos de conformidad con la ley, sin distinguir entre los tipos de culpa grave o simple. Esta distinción sí es incorporada por el MP 966/2020.
El otro argumento está dado porque, según los promoventes, el MP 966/2020 adiciona el criterio jurídico de “error grave”, con una formulación vaga e imprecisa
Está na pauta de amanhã do @STF_oficial o julgamento de ações que pedem a suspensão da MP 966. O texto afrouxou a punição a servidores em ações/omissões relacionadas à pandemia https://t.co/g5o1aM0JBm
— Transparência Brasil (@trbrasil) May 19, 2020
También apuntan que, al tratar de insertar esta figura en el sistema legal, la regla crea obstáculos para la inspección y el control de los actos administrativos y proporciona un ambiente permisivo durante y después de la pandemia.
Se ha denunciado, además, que se trata de institucionalizar la tolerancia a la estrategia del Gobierno de Jair Bolsonaro ante la Covid-19. Las decisiones del Ejecutivo han facilitado que el país exhiba valores críticos de contagiados y fallecidos, según diversas organizaciones.
El MP 966/2020 dispone que los funcionarios público brasileños no podrán ser procesados en las jurisdicciones administrativa y civil por los efectos nocivos que puedan tener las acciones de enfrentamiento al nuevo coronavirus, o la ausencia de ellas.
Establece que el procesamiento sólo podrá realizarse cuando los efectos dañosos se deriven de un actuar intencional, o por “error grave”.
La formulación de esta figura jurídica dispone que se reaccione judicialmente de acuerdo a la magnitud del error, atendiendo a su “elevado grado de negligencia”. La práctica jurídica internacional, en cambio, acepta que la judicialización debe corresponderse con la magnitud del resultado provocado, amén de la evaluación de los jueces acerca de la gravedad de la conducta errónea.
De fallar los jueces favorablemente al recurso presentado, el MP 966/2020 debería ser automáticamente suspendido en su cumplimiento.
La acción directa de inconstitucionalidad es el procedimiento mediante el cual se emplea la Constitución como norma de aplicación directa, para hacer valer su preponderancia por sobre el resto de las normas jurídicas.