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La Carta Magna de Perú no establece ningún requisito o restricción para que el Poder Ejecutivo haga uso de la cuestión de confianza.

La Carta Magna de Perú no establece ningún requisito o restricción para que el Poder Ejecutivo haga uso de la cuestión de confianza. | Foto: Jaime Herrera

Publicado 18 septiembre 2018



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La cuestión de confianza debe ser aprobada por más de la mitad de los congresistas. 

El presidente de Perú, Martín Vizcarra, anunció el domingo que pedirá una cuestión de confianza al Congreso de la República con el fin de que el  mismo debata cuatro proyectos de reforma constitucional presentados por el Ejecutivo hace 40 días.

Para este fin,  convocó al Congreso a una sesión extraordinaria para el miércoles 19 de septiembre a las 08H00 horas. 

El pedido fue respaldado el lunes el primer ministro César Villanueva quien oficializó la solicitud a nombre del Gabinete Ministerial.

Los proyectos de reforma judicial y política fueron presentados en el marco de una crisis de corrupción que atraviesa el país. En marzo, el expresidente Pedro Pablo Kuczynski debió renunciar tras acusaciones de presunta compra de votos.

Meses después se conocieron una serie de audios que involucraban a altos funcionarios del Poder Judicial, así como del Ministerio Público, en casos de negociación de fallos judiciales y nombramiento de jueces. 

En consecuencia, el Congreso aprobó por unanimidad remover a todos los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

>> Claves para entender la crisis judicial que enfrenta Perú

¿Qué es la cuestión de confianza?

- Es un mecanismo de la Constitución Política de Perú mediante el cual el Poder Ejecutivo solicita el respaldo político al Congreso.

- El artículo 133 de la Constitución establece que "el Presidente del Consejo de Ministros puede plantear ante el Congreso una cuestión de confianza a nombre del Consejo. Si la confianza le es rehusada, o si es censurado, o si renuncia o es removido por el Presidente de la República, se produce la crisis total del gabinete".

- La moción debe ser aprobada con el voto a favor de la mitad más uno del número legal de congresistas. Si el Parlamento aprueba el voto de confianza, la reforma se seguirá discutiendo en el Congreso. 

 

¿Qué pasa si no se aprueba?

El Artículo 134 establece que "el presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si éste ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros".

Según este último artículo, el secreto de disolución contiene la convocatoria a elecciones para un nuevo Congreso. Las mismas deberán realizarse dentro de los cuatro meses de la fecha de disolución, sin que pueda alterarse el sistema electoral preexistente.

En ese sentido, esta petición se contabiliza como la segunda en lo que va del Gobierno 2016-2021. La primera fue presentada por el ex primer ministro, Fernando Zavala, bajo la gestión de Pedro Pablo Kuczynski, tras la presentación de una moción de censura contra la ministra de Educación, Marilú Martens, en 2017.

La misma fue rechazada por el Poder Legislativo y Zavala debió renunciar, así como varios ministros.

Posteriormente, el Congreso modificó el artículo 86 de su reglamento para que no se pueda interponer una cuestión de confianza cuando "esté destinada a promover, interrumpir o impedir la aprobación de una norma o un procedimiento legislativo o de control político”.

>> Congreso de Perú debatirá retorno de la bicameralidad


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