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La intervención de la Policía de Perú y las FF.AA. se legitima a partir del decreto firmado por el presidente Pedro Castillo.

La intervención de la Policía de Perú y las FF.AA. se legitima a partir del decreto firmado por el presidente Pedro Castillo. | Foto: EFE (referencial)

Publicado 18 marzo 2022



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El decreto precisa que la prórroga que se extenderá hasta la primera semana de mayo.

El Gobierno de Perú informó este viernes, a través de un decreto, que a partir del 20 de marzo se ampliará el estado de emergencia en las regiones de Lima Metropolitana y el Callao por 45 días, con el fin de mantener el control del orden interno.

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El documento precisa que la prórroga que se extenderá hasta la primera semana de mayo, indicando que “son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación”.  

Según la norma, durante esta declaración de emergencia quedan suspendidos “los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales”.

La intervención de la Policía de Perú y las Fuerzas Armadas se legitima a partir del decreto firmado por el presidente Pedro Castillo, el cual menciona además que la intervención de los gobiernos locales y regionales de Lima Metropolitana y de la provincia del Callao se formaliza dentro de la norma vigente en el país.  

La medida, implementada el pasado 2 de febrero por un período inicial de 45 días, se dictó en el contexto de la crisis del Ministerio del Interior, que había provocado la renuncia del titular, Avelino Guillén, y la salida del comandante general de la Policía Nacional de Perú, Javier Gallardo.

Esta decisión se suma a la declaración del estado de emergencia en el centro poblado de Retamas, en este caso, por el impacto de los daños provocados por los deslizamientos de tierra y por las precipitaciones, con el fin de “la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas por 60 días”.


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