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Los menores de 14 años de edad no podrán acceder al cambio de sexo registral.

Los menores de 14 años de edad no podrán acceder al cambio de sexo registral. | Foto: EFE

Publicado 28 noviembre 2018



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La ley promulgada por el presidente Sebastián Piñera concibe la identidad de género como "la convicción personal e interna de ser hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma".

Le ley de identidad de género en Chile que permite a las personas el cambio de nombre y de sexo en los documentos y en los registros del país a partir de los 14 años, fue promulgada este miércoles por el presidente Sebastián Piñera

Para llegar a este momento debieron pasar más de cinco años de discusión en el Congreso, debido a discrepancias sobre todo en la inclusión de los menores de edad o el cambio de sexo registral, iniciativa que no fue aceptada. 

La Ley de Identidad de Género recibió el visto bueno del Senado y de la Cámara de Diputados en septiembre y solo aguardaba la aprobación del mandatario nacional para su puesta en marcha. 

¿En qué consiste?

En su primer artículo señala que "se entenderá por identidad de género la convicción personal e interna de ser hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma".

Además, agrega que "consiste en la facultad de toda persona cuya identidad de género no coincida con su sexo y nombre registral, y de solicitar la rectificación de éstos". 

De acuerdo con el documento, la identidad de género puede o no estar ligada a la modificación de la apariencia de las personas a través de tratamientos médicos.

Principios

- No patologización: Las personas que accedan al cambio de sexo no pueden ser tratadas como enfermas. 

- No discriminación: Reconocen sus derechos a la dignidad de trato.

- Confidencialidad: Tiene derecho a que se resguarden sus antecedentes. 

¿Cómo acceder?

-  Las personas mayores de 18 años podrán cambiar de sexo y el nombre en el registro civil en caso de ser solteros. Si se trata de una persona casada deberá recurrir a un tribunal de familia. 

- Las personas de entre 14 y 17 años tendrán que recurrir a un tribunal familiar. El trámite deberá realizarlo en compañía de uno de sus representantes legales o tutores. En caso de no contar con representante o tutor deberá recurrir a un juez que evalúe su solicitud. 

- Los menores de 14 años de edad no tendrán acceso a esta alternativa. 

>> ONU: Más de 50 mil mujeres mueren por violencia doméstica


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