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El Tribunal Supremo de España estimó como innecesario el permiso municipal de obras para efectuar la exhumación del dictador español.

El Tribunal Supremo de España estimó como innecesario el permiso municipal de obras para efectuar la exhumación del dictador español. | Foto: EFE

Publicado 30 septiembre 2019



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El documento de aprobación de 54 páginas emitido por el Tribunal Supremo de España prohibió además el ingreso de los restos de Franco a la catedral de la Almudena.

 

El Tribunal Supremo de España (TS) emitió el permiso definitivo para ejecutar la exhumación del los restos mortales del dictador, Francisco Franco, sentencia que da legalidad a la determinación del presidente español, Pedro Sánchez, quien autorizó el pasado 15 de marzo de este año dicho proceso.

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En este sentido, el pronunciamiento del máximo ente judicial detalló que la decisión de exhumación del cadáver de Franco, no infringe las normas urbanísticas presentadas por el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, por lo que la actividad de remoción goza de total legalidad. 

La familia del general apeló la decisión y se opuso a la apertura de la tumba de Franco, por lo que se apoyó en una suspensión cautelar ante la aprobación del Gobierno español para tales fines. 

Por otra parte, el fallo de la Sección Cuarta de la Sala Tercera del TS se opone al ingreso de los restos de Franco a la catedral de La Almudena, ubicada en Madrid, capital española.

La inhumación de Franco no se hará efectiva en este recinto español, el TS negó esta solicitud por razones de seguridad y por los antecedentes del dictador Francisco Franco para la historia española. 

Entretanto, la Sección Cuarta del TS deberá determinar en lo sucesivo cual será el destino de los restos del exmandatario español una vez sean retirados del Valle de Los Caídos.

Este es un esfuerzo del Gobierno español por hacer efectiva la ley que prohíbe rendir tributo o exaltación a la dictadura perpetrada por Francisco Franco, establecida por este militar español desde 1939 hasta 1975.


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