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El pleno de la Corte resolvió que la vigencia del decreto presidencial se limitará a 30 días contados desde su expedición.

El pleno de la Corte resolvió que la vigencia del decreto presidencial se limitará a 30 días contados desde su expedición. | Foto: El Universo

Publicado 5 noviembre 2021



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La Corte Constitucional de Ecuador indicó que el Ejecutivo no justificó las razones para que el estado de excepción dure dos meses. 

La Corte Constitucional de Ecuador decidió el jueves condicionar y reducir de 60 a 30 días el estado de excepción decretado por el presidente Guillermo Lasso para enfrentar la ola de violencia e inseguridad en el país.

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Con voto de mayoría, el pleno de la Corte resolvió que la vigencia del decreto presidencial se limitará a 30 días contados desde su expedición, según el dictamen publicado en las redes sociales de la entidad.

El presidente Guillermo Lasso decretó el estado de excepción en todo el país ante el aumento de los índices de criminalidad a causa del narcotráfico, y ordenó la movilización en las calles de policías y militares.

De acuerdo al organismo el Ejecutivo ecuatoriano no justificó las razones para que el estado de excepción dure dos meses.

En cuanto a la medida de movilización de las Fuerzas Armadas, la Corte estableció que "se restringirá a operativos en los que ellas cumplan exclusivamente funciones complementarias a las de la Policía Nacional". 

Para la Corte, las FF.AA. solo podrán actuar en El Oro, Guayas, Santa Elena, Manabí, Los Ríos, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Pichincha y Sucumbíos, "por ser las provincias en las que el presidente justificó la declaratoria".

Organizaciones indígenas,de trabajadores y estudiantiles se movilizaron en la capital de Ecuador en rechazo a la política gubernamental, pese a la vigencia del estado de excepción. 

Cuando concluya la vigencia del estado de excepción, el presidente Lasso debe remitir a la Corte Constitucional un informe con las medidas y acciones concretas para superar el aumento de actos delictivos.


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