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El fallo contrasta contra la posición del presidente, Sebastián Piñera, quien ha defendido la ley de indultos para militares condenados por derechos humanos en Chile.

El fallo contrasta contra la posición del presidente, Sebastián Piñera, quien ha defendido la ley de indultos para militares condenados por derechos humanos en Chile. | Foto: @PJudicialChile

Publicado 5 abril 2020



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En la resolución dictada por los magistrados se estableció que no hay derechos constitucionales conculcados, por lo que la acción legal no puede ser acogida a tramitación.

La Corte de Apelaciones de Santiago de Chile (capital) declaró como “inadmisible” el recurso de amparo presentado por 29 militares, retirados, recluidos en Punta Peuco, quienes se encuentran condenados por haber cometido actos violatorios de los derechos humanos (DD.HH.).

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Los jerarcas castrenses habían solicitado a la magistratura que se les otorgara el derecho de cumplir sus penas con arresto domiciliario, teniendo en cuenta la emergencia sanitaria que vive Chile provocada por el coronavirus.

En la resolución dictada por los ministros Dobra Lusic, Alejandro Rivera y el suplente Rafael Araneda, se estableció que no hay derechos constitucionales conculcados, "por lo cual la acción de amparo deducida no puede ser acogida a tramitación. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido".

La presentación ingresó al Poder Judicial chileno el pasado 1 de abril bajo el acompañamiento de la alta cúpula religiosa del país, el obispo de la Iglesia Anglicana, Alfred Cooper, el sacerdote jesuita, Fernando Montes, el asistente pastoral, Fernando Escudero, el pastor adventista, Ricardo Pereira, y el directivo de la iglesia cristiana y el médico neurólogo, Jorge Flefel, este último en calidad de perito.

Los argumentos expuestos hacían referencia a las condiciones de salud de los militares retirados, adultos mayores con enfermedades de base y por ende vulnerables al Covid-19, por lo que, según los recurrentes resultaba pertinente "se les permitiera cumplir la pena en sus respectivos domicilios o “por el tiempo que dure la pandemia del coronavirus".

El fallo de la Corte contrasta contra la posición del presidente, Sebastián Piñera, el ministro de Justicia, Hernán Larraín, el subsecretario de la cartera, Sebastián Valenzuela y el director de Gendarmería, Christian Alveal, quienes han defendido la ley de indultos para militares condenados por derechos humanos en Chile.

Esta legislación busca implementar la sustitución de penas privativas de libertad por arresto domiciliario total a los mayores de 75 años. Además, a los que tengan entre 64 y 74 años que cumplan íntegramente sus condenas en un plazo de un año.

El diputado por el Partido Socialista chileno, Jaime Naranjo, ha convocado al ministro de Justicia, para que explique la situación de los militares condenados en Punta Peuco.

"Frente a la operación política disfrazada de humanitaria para intentar beneficiar a criminales de lesa humanidad he oficiado al ministro de Justicia para que detalle el número de reos que se encuentran cumpliendo su condena en el Penal de Punta Peuco", explicó el legislador quien calificó al posible indulto como "indigno".

La presencia del coronavirus en los centros penitenciarios del país andino es evidente. En el reclusorio de Puente Alto existen cuatro reos confirmados, incluyendo un gendarme.

A ello se suma las condiciones de precariedad higiénica y sanitaria en las que están viviendo los privados de libertad, situación que fue denunciada recientemente por el director del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), Sergio Micco.


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