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El Movimiento Colombia Humana obtuvo más de ocho millones de votos en las pasadas elecciones presidenciales

El Movimiento Colombia Humana obtuvo más de ocho millones de votos en las pasadas elecciones presidenciales | Foto: El Espectador

Publicado 30 agosto 2018



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Gustavo Petro se expresó en contra de la decisión del CNE señalando que es el único movimiento que con ocho millones de votos y representación en el Senado no tiene personería jurídica.

El Consejo Nacional Electoral de Colombia (CNE) negó la personería jurídica al movimiento Colombia Humana, liderado por el excandidato presidencial Gustavo Petro.

La medida contra el movimiento se dio el martes pasado tras la votación de seis de los ocho magistrados del CNE en contra de la ponencia del juez del organismo Armando Novoa, que contemplaba entregarle la personería jurídica a Colombia Humana.

>> Gustavo Petro a corruptos colombianos: Se acerca su fin

Al conocer la decisión del ente electoral, el líder del movimiento Gustavo Petro señaló “soy el único senador que no puede generar a su movimiento personería jurídica, es el único movimiento que con ocho millones de votos y representación en el Senado no tiene personería jurídica. Soy el segundo en votación a la Presidencia, pero me niegan el derecho a ser oposición".

El principal argumento del CNE se basó en que el movimiento no obtuvo votos en las elecciones legislativas, toda vez que los políticos afines a Petro se lanzaron al Congreso dentro de una coalición llamada Lista de la Decencia.

Lista había sido conformada por partidos que sí cuentan con personería jurídica, como la Unión Patriótica y la Alianza Social Independiente. Asimismo, magistrados del CNE argumentaban que tanto Petro como su fórmula vicepresidencial, Ángela María Robledo, no llegaron al Senado y la Cámara, respectivamente, gracias a las elecciones legislativas, sino como consecuencia de la aplicación del equilibrio de poderes.

Al negársele la personería Colombia Humana quedaría por fuera del Estatuto de la Oposición y perdería los beneficios que otorga esta ley en materia de financiación y acceso a los medios de comunicación.


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