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El Tribunal de Sentencia Primero de Anticorrupción de La Paz determinó proseguir el 6 de junio con el juicio contra Jeanine Áñez.

El Tribunal de Sentencia Primero de Anticorrupción de La Paz determinó proseguir el 6 de junio con el juicio contra Jeanine Áñez. | Foto: @FreddyteleSUR

Publicado 4 junio 2022



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El Tribunal de Sentencia Primero de Anticorrupción de La Paz determinó proseguir para el próximo lunes 6 de junio de 2022 con el juicio ordinario.

El Tribunal Constitucional de Bolivia rechazó la solicitud de explicación y complementación planteada por la defensa de la expresidenta de facto Jeanine Áñez, la cual buscaba postergar con el juicio “Golpe de Estado II”.

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“La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en sujeción del artículo 13.1 del Código Procesal Constitucional; resuelve declarar no dar lugar a la solicitud de explicación y complementación interpuesta por Jeanine Áñez”, recalcó el documento emitido por el ente boliviano.

De acuerdo al abogado constitucionalista Israel Quino, el “acto procesal no cambia el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional que pronunció mediante el Auto Constitucional 169/2022”.  

El pasado 30 de mayo la defensa de Áñez presentó una solicitud de complementación, explicación y enmienda contra el rechazo del Tribunal Constitucional a la acción de inconstitucionalidad presentada el 29 de abril, por la expresidenta de facto, de un total de más de 50 acciones legales entre impugnaciones, nulidades, acciones de libertad, acciones de amparo constitucional, y otros procesos.  

El Tribunal de Sentencia Primero de Anticorrupción de La Paz determinó proseguir para el próximo lunes 6 de junio de 2022 con el juicio ordinario, donde la exsenadora Jeanine Áñez es procesada por su autoproclamación como presidenta del país en 2019.

Esta acusación se basa de acuerdo al Tribunal Constitucional de Bolivia por los delitos, incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado (CPE) y a las leyes, tipificados en los artículos 154 y 153 del Código Penal.


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