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El artículo 31 de la Constitución Política del Estado establece que estos pueblos y naciones deben ser protegidos y respetados en sus formas de vida individual y colectiva.

El artículo 31 de la Constitución Política del Estado establece que estos pueblos y naciones deben ser protegidos y respetados en sus formas de vida individual y colectiva. | Foto: Twitter @dpboliviaof

Publicado 6 abril 2020



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La Defensoría del Pueblo alertó que estos pueblos originarios tienen accesos limitados a servicios básicos como la salud

La Defensoría del Pueblo exigió al Gobierno de facto boliviano activar diversas acciones de prevención y protección para los pueblos indígenas originarios en peligro de extinción, en situación de aislamiento y no contactados, ante la amenaza de la expansión del coronavirus en el país.

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La titular de la Defensoría, Nadia Cruz, expresó que uno de los problemas es la falta de información en las lenguas nativas, situación que se complejiza ante el cierre de algunas radios comunitarias.      

Cruz destacó que “los gobiernos departamentales y municipales donde se encuentran estos pueblos indígenas originarios están obligados a activar mecanismos de prevención y protección en los ámbitos de la salud, difusión, sensibilización y monitoreo, frente a la crisis sanitaria en nuestro país a causa de la Covid 19”.

La institución ha reiterado las condiciones críticas de salud que viven estos pueblos ante el limitado acceso a servicios básicos, además de sufrir marginación social.

El pueblo Yuqui, una comunidad indígena en el departamento de Cochabamba, demandó garantías para el acceso a la canasta familiar. También exigieron “viabilizar el pago del Bono Juana Azurduy y de discapacidad que nunca se hizo efectivo a las personas beneficiarias”.


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