La normativa cuenta con 16 títulos, 45 capítulos, 32 secciones, cinco disposiciones especiales, seis transitorias, dos finales y 290 artículos.
El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) de Cuba, José Luis Toledo Santander, presentó este miércoles el proyecto de Ley Electoral para su análisis y posterior debate.
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La iniciativa tiene como fin sustituir a la normativa vigente desde 1992, por lo que se prevé su análisis entre el próximo 21 y 26 de junio.
"Esta nueva norma es bastante voluminosa, extensa, y tiene un fuerte basamento en el contenido de la Ley 72 vigente", expresó Toledo.
#Cuba Proyecto de #LeyElectoral presentado a diputados ya puede ser consultado en el sitio web oficial de @AsambleaCuba. Fue habilitado un correo electrónico para que los ciudadanos envíen sus opiniones y éstas sean valoradas #PoderPoular ➡️https://t.co/6JxtLRPoXl ���� pic.twitter.com/g07DYr9abN
— Asamblea Nacional Cuba (@AsambleaCuba) 19 de junio de 2019
Por su parte, el presidente de la ANPP, Esteban Lazo, reiteró que la nueva ley también resaltará uno de los principios más importantes para la nación caribeña, "en Cuba quien nomina y elige es el pueblo".
El documento estará disponible en el portal web del Parlamento desde este 19 de junio; cuenta con 16 títulos, 45 capítulos, 32 secciones, cinco disposiciones especiales, seis transitorias, dos finales y 290 artículos.
#Cuba continua la actividad legislativa para cumplir e implementar la #Constitución de 2019. El Proyecto de Ley Electoral consta de 16 Títulos, 290 artículos y disposiciones especiales.#PoderPopular @AsambleaCuba @anamarianpp @miriambsarroca pic.twitter.com/AOI0Zr7pzj
— Andres Castro Alegría (@AndresDiputado) 19 de junio de 2019
Según Toledo, uno de los cambios será la variación del número de miembros del Consejo de Estado, que estará integrado por 21 miembros, y no por los 31 actuales.
Otra novedad será la proporción que indica la ley sobre la elección de diputados, que será un legislador por cada 30.000 habitantes de un municipio, mientras que si el número de pobladores es de 45.000 o menos, se elegirán a dos representantes.