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En la actualidad hay dos denuncias penales contra "El Paisa" por el delito de amenaza y la Unidad de Investigación y Acusación tiene la información.

En la actualidad hay dos denuncias penales contra "El Paisa" por el delito de amenaza y la Unidad de Investigación y Acusación tiene la información. | Foto: Colprensa

Publicado 26 abril 2019



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La Sala señaló consideró que “El Paisa” fue el único que no presento el informe sobre el cumplimiento de sus obligaciones y tampoco presentó excusa.

Este jueves, los magistrados de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) tomaron la decisión de ordenar la captura de Hernán Darío Velásquez, "El Paisa", por incumplir el proceso de paz. La magistrada Catalina Díaz Gómez leyó la decisión de 90 páginas que puso de nuevo a Velásquez Saldarriaga en la lista de los más buscados del país. "No está cumpliendo a contribuir al éxito de la reincorporación", advirtió la magistrada.

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Díaz Gómez señaló que desde junio de 2018 no se tiene información sobre su ubicación y que en la decisión se estableció que entre las condiciones para los excombatientes estaban la dejación de armas, la garantía de no repetición, el compromiso con la verdad y la reparación de las víctimas.

De igual manera, se lee que Darío Velásquez estuvo al menos dos décadas en el exgrupo insurgente Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia - Ejército del Pueblo (FARC- EP) y fue designado negociador. Posteriormente, firmó su acta de compromiso acogiéndose a las reglas de la JEP.

Como parte de los acuerdos recibió beneficios como el levantamiento de las órdenes de captura, la amnistía y la libertad condicional. Para mantener esos beneficios, dijo la magistrada, tenía que cumplir sus obligaciones individuales. “En este momento tiene la obligación de comparecer al proceso”, indicó la magistrada tras señalar que se realizaron tres llamados a comparecer y no lo hizo, tampoco ofreció excusa por esta situación.

La Sala señaló consideró que “El Paisa” fue el único que no presentó el informe sobre el cumplimiento de sus obligaciones y tampoco presentó excusa. Este fue su segundo incumplimiento. “Es indispensable que quien se ha comprometido con el sistema comparezca ante este organismo de justicia cuando sea llamado”, sostuvo la magistrada.

Indicaron que aunque hay evidencias de que efectivamente hubo sobrevuelos sobre el sitio en el que se encontraba el exinsurgente a mediados del año pasado, también es cierto que él se había podido trasladar  a una ciudad en la que se encontrara seguro, o pedido protección a la misma JEP o a la comunidad internacional.

"Su única al alternativa no era volver a la clandestinidad", se lee en la decisión y dice que igual riesgo han enfrentado otros exintegrantes de la insurgencia pero siguen cumpliendo sus compromisos.

En la actualidad hay dos denuncias penales contra "El Paisa" por el delito de amenaza y se entregó la información a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) pero no hay evidencias de que se haya rearmado o vuelto a delinquir. Señaló que "las consecuencias más graves" se aplican para "incumplimientos más graves" como por ejemplo frente a temas de dejación de armas. 

En este caso se ordenó que pierda el beneficio de la libertad condicional y se determinó que no es elegible para la sanción propia. Esto quiere decir que ya no tendría derecho a una pena de entre cinco años y ocho por no reconocer desde el comienzo verdad y responsabilidad, la cual puede ser excarcelable. En el segundo caso son las sanciones alternativas que tienen la misma pena pero que obligan a que cumpla prisión.


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