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El presidente colombiano Gustavo Petro comentó que lo que resta ahora es “el debate en las plenarias para que sea una realidad”.

El presidente colombiano Gustavo Petro comentó que lo que resta ahora es “el debate en las plenarias para que sea una realidad”. | Foto: @SergioComunes

Publicado 29 noviembre 2022



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“La dignidad se hará costumbre cuando igualdad y equidad se garanticen con eficacia y eficiencia”, externó la vicepresidenta Márquez.

 

Las comisiones primeras conjuntas del Congreso de Colombia aprobaron este lunes en primer debate el proyecto de ley que crea el Ministerio de Igualdad y Equidad.

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En un mensaje publicado en su cuenta de la red social de Twitter, el presidente colombiano Gustavo Petro comentó que lo que resta ahora es “el debate en las plenarias para que sea una realidad”.

“La dignidad debe ser un derecho, no un privilegio”, subrayó el mandatario, quien propuso esa cartera durante su campaña electoral con el propósito de combatir los elevados índices de inequidad social.

La vicepresidenta Francia Márquez, por su parte, manifestó que la aprobación del proyecto en las comisiones legislativas es un “paso fundamental para dignificar la vida en Colombia”.

“La dignidad se hará costumbre cuando igualdad y equidad se garanticen con eficacia y eficiencia”, externó la funcionaria colombiana.

El senador por el Polo Democrático, Alexander López Maya, al respecto, señaló que “el gobierno del cambio debe atender a ‘los nadies y a las nadies’.

“Somos uno de los países más desiguales del mundo, el Ministerio de Igualdad y Equidad, no duplicará funciones, no derrochará, el Ministerio no es un capricho, es una necesidad”, abundó el legislador.

El proyecto de ley establece que el propuesto Ministerio de Igualdad y Equidad tiene como objetivo, de acuerdo con lo estipulado por la Constitución, formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar las políticas, planes, programas, proyectos y medidas para promover la eliminación de las desigualdades económicas, políticas y sociales.

Asimismo, facilitará el goce del derecho a la igualdad; el cumplimiento de los principios de no discriminación y no regresividad; y la defensa de los sujetos de especial protección constitucional y de grupos discriminados o marginados.


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