• Telesur Señal en Vivo
  • Telesur Solo Audio
  • facebook
  • twitter
De acuerdo con datos oficiales, más de 20 millones de dosis de vacunas contra la Covid-19 fueron adquiridas por el Estado.

De acuerdo con datos oficiales, más de 20 millones de dosis de vacunas contra la Covid-19 fueron adquiridas por el Estado. | Foto: Ministerio de Salud y Deporte de Bolivia

Publicado 23 diciembre 2021



Blogs


El Decreto Supremo 4640 establece la modificación del Decreto Supremo 4451 sobre la vigencia de las medidas de bioseguridad.

El ministro de Salud y Deportes de Bolivia, Jeyson Auza, informó este jueves sobre la implementación de dos decretos supremos en los que se establece que el carnet de vacunación contra la Covid-19 sea documento oficial y la ampliación de la vigencia de las medidas de bioseguridad en todo el país hasta junio de 2022.

LEA TAMBIÉN:

Gobierno de Bolivia activa plan de contingencia climática

El Decreto Supremo 4641 explica que la presentación del carnet entrará en vigencia el 1 de enero de 2022 y acredita que una persona fue vacunada en Bolivia y, de acuerdo con el texto, será de estricto cumplimiento controlar la veracidad de los resultados de laboratiorios antes de diagnosticar la Covid-19.

“Para aquellas personas que ejerzan su derecho a no vacunarse deberán presentar la prueba PCR en tiempo real negativa, con una antelación de 48 horas antes del ingreso a estos establecimientos donde existe aglomeración”, indicó el ministro Auza.

El funcionarion acotó que el ciclo de vacunación se completa luego de aplicarse las dos dosis de los fármacos presentes en el país, o la dosis única. 

La población tendrá acceso al certificado de vacunación a través de el sitio web del Ministerio de Salud y Deportes para descargarlo, así como de las aplicaciones.

Igualmente, comentó que para las personas que decidan vacunarse después del 1 de enero "se aceptará que se presente el carnet de inmunización, pero deben comprometerse a completar el esquema completo”.

Por otra parte, el Decreto Supremo 4640 establece la modificación del Decreto Supremo 4451, con el fin de ordenar la continuidad de las medidas de bioseguridad vigentes y el anuncio de otras nuevas.

"Se mantienen las medidas de bioseguridad que estaban vigentes hasta el 31 de diciembre y a este decreto Supremo se incrementa otras nuevas medidas que ponemos a conocimiento de la población", añadió. La vigencia será hasta el 30 de junio de 2022, según el comportamiento de la situación epidemiológica.

Las autoridades decretaron como requisitos inviolables el uso de la mascarilla, mantener una distancia de un metro y medio a dos metros en lugares tanto cerrados como al aire libre, la obligación de presentar el carnet de vacunación en instituciones públicas y privadas, como entidades financieras, centros comerciales, mercados, unidades educativas, entre otras.


Comentarios
0
Comentarios
Nota sin comentarios.