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Las penas aumentan si las víctimas son mujeres, niños, personas con capacidades diferentes o si el motivo del crimen sea por condiciones raciales o de género, entre otros agravantes.

Las penas aumentan si las víctimas son mujeres, niños, personas con capacidades diferentes o si el motivo del crimen sea por condiciones raciales o de género, entre otros agravantes. | Foto: EFE

Publicado 13 octubre 2017



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Tres años demoró en el poder legislativo mexicano la aprobación de la Ley General de Desaparición Forzada de Personas. Una moción impulsada por organizaciones sociales en un país con una de los mayores índices de este delito. 

La cámara de diputados de México, aprobó por unanimidad este jueves la Ley General de Desaparición Forzada con 361 votos a favor, cero en contra y sin abstenciones, tras años de discusión legislativa.

La ley contempla la creación de un sistema nacional de búsqueda de personas, además de una comisión nacional de búsqueda, un consejo ciudadano y un registro nacional de personas desaparecidas y no localizadas.

El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) saludó la aprobación de la ley general, argumentando que "representa un paso esencial para atender las necesidades de estas personas y de sus familias", añadiendo que la moción "deberá contar con el presupuesto suficiente para su efectivo funcionamiento". 

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En ese sentido, lo que se precisa para su implementación son 422 millones de pesos mexicanos que se espera sean aprobados en el presupuesto anual para 2018 y así "atender a las familias, y trabajar en los reglamentos y leyes secundarias que hagan de su aplicación una realidad", dijo Juan Pedro Schaerer, jefe del CICR para México, América Central y Cuba.

Las penas

De 40 a 60 años de prisión para el delito de desaparición forzada de personas por parte de un funcionario público como de un particular en complicidad con un funcionario, que cometa secuestro y/o ocultamiento de información sobre dicha privación de libertad y sus consecuencias. Misma pena que rige para cómplices o quienes se nieguen a dar información sin ser autores del caso. 

Penas de 20 a 30 años de prisión a quien omita entregar a la autoridad o familiares al nacido de una víctima del delito de desaparición forzada de personas durante el periodo de ocultamiento, a sabiendas de tal circunstancia.

Una pena de 25 a 35 años de prisión a quien, sin haber participado directamente en la comisión del delito de desaparición forzada, retenga o mantenga oculto a la niña o niño que nazca durante el periodo de desaparición de la madre, a sabiendas de la circunstancia.

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Entre 15 a 20 años de prisión a quien oculte, deseche, incinere, sepulte, inhume, desintegre o destruya, total o parcialmente, restos de un ser humano o el cadáver de una persona, con el fin de ocultar la comisión de un delito.

Agravios

Las penas aumentarán, incluso al doble, cuando:

- La persona desaparecida muera debido a cualquier alteración de su salud o por previa enfermedad que no se hubiera atendido como consecuencia del secuestro.
- La víctima sea menor de edad, mujer, mujer embarazada, persona con capacidades diferentes o persona mayor. 
- El delito se motive por la condición migrante, afrodescendiente o pertenencia a una comunidad indígena de la víctima, o por su identidad de género u orientación sexual.
- La persona haya sido desparecida por su labor como periodista o por la defensa de derechos humanos o cuando la víctima sea integrante de una institución de seguridad pública.
- Los autores tengan vínculos de parentesco, amistad, relación laboral o de confianza con la víctima - - El delito se realice para impedir otros delitos.

Además, las penas pueden disminuir si los autores liberan a la víctima 10 días después de la desaparición y/o proporcionan información efectiva para la localización de la víctima o para esclarecer los hechos.

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Sólo el registro oficial de México cifra en 32.943 las personas desaparecidas desde el inicio de la guerra contra el narcotráfico, incluyendo 8.525 mujeres y 5.985 menores de 18 años. En 19 provincias del país, existen 1.075 fosas clandestinas, asimismo solamente en el período de 2017 a 2014, han sido 2.014 los cuerpos exhumados.


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