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El Art. 370 del Código Penal de Ecuador establece entre tres a seis años de cárcel para el delito de" asociación ilícita".

El Art. 370 del Código Penal de Ecuador establece entre tres a seis años de cárcel para el delito de" asociación ilícita". | Foto: @FiscaliaEcuador

Publicado 8 diciembre 2017



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Seis años de prisión es la pena máxima para el delito de "asociación ilícita", por lo que el fiscal Mancheno solicitó que al vicepresidente Jorge Glas se le condene por ese tiempo.

El fiscal general de Ecuador, Carlos Baca Mancheno, solicitó este jueves al Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) que se le otorgue al vicepresidente ecuatoriano Jorge Glas seis años de cárcel por delitos de corrupción con la constructora Odebrecht.

Mancheno alegó que presentó pruebas para solicitar la pena máxima que son seis años de cárcel contra Glas, junto a ocho personas más por el delito de asociación ilícita y por sobornos millonarios por parte de la constructora Odebrecht.

Entre las pruebas presentadas, Mancheno indicó que Glas "tuvo poder e injerencia en estos proyectos" de Odebrecht, además de supuestamente conocer los pagos ilícitos que realizaba la constructora.

El pasado 24 de noviembre, el vicepresidente Glas asistió a la audiencia en la Corte Nacional de Justicia para dar inicio al juicio, en su defensa alegó que se sometió a un "sistema de justicia en donde algunos actores se están rindiendo al poder político".

Glas permanece desde el 2 de octubre en prisión preventiva en una cárcel de Quito, presuntamente tras haber recibido la cantidad de 13,5 millones de dólares en sobornos de Odebrecht desde 2012 y 2016.

>>Glas ratifica su inocencia en juicio por caso Odebrecht


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